TRASLADO TEMPORAL
| La diferencia ATLANTIS |
¿Qué nos diferencia de los seguros de otras entidades?
El límite de cobertura es del 100% del capital asegurado, no habiéndose establecido sublímite alguno.
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¿Qué cubre?
Se extienden las coberturas propias del contenido a los daños o pérdidas que sufran los bienes asegurados mientras hayan sido trasladados, de manera temporal (por vacaciones, por ejemplo) y por un período inferior a 3 meses, a un edificio/vivienda de similares características al relativo a la situación de riesgo que figura en el Condicionado Particular.
VER LAS CLÁUSULAS CONTRACTUALES QUE REGULAN ESTA COBERTURA
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