PÉRDIDA DE ALQUILERES
| La diferencia ATLANTIS |
¿Qué nos diferencia de los seguros de otras entidades?
El límite de cobertura se ha establecido en el 20% del capital asegurado, a primer riesgo.
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¿Qué cubre?
Los alquileres dejados de percibir por el Asegurado como consecuencia de un siniestro amparado por la póliza que dejara la vivienda asegurada inhabitable, y obligara a su desalojo por los arrendatarios de la misma, quedando en suspenso el contrato de arrendamiento.
VER LAS CLÁUSULAS CONTRACTUALES QUE REGULAN ESTA COBERTURA
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