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Glosario de Seguros

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CP:
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A
Accidente
Toda lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado.
Ánimo de lucro:
Intencionalidad de incrementar el patrimonio propio
Asegurado:
La persona, física o jurídica, titular del interés objeto del seguro, que puede sustituir al Tomador en el cumplimiento de alguna de la obligaciones derivadas del contrato.
Asegurador:
ATLANTIS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., quien asume el riesgo contractualmente pactado. Para referirse al mismo, también se empleará la palabra “Entidad”.
Asistencia:
Operación a través de la cual una empresa de servicios se compromete a auxiliar a las personas aseguradas cuando atraviesan alguna dificultad.
Atraco:
Robo a las personas con el empleo de violencia o intimidación
B
Beneficiario:
Persona, física o jurídica, designada por el tomador para ser titular del derecho a percibir las prestaciones garantizadas en el contrato.
Bonus Malus:
Término que designa el sistema o coeficiente por el cual se acuerdan reducciones o penalizaciones en función de los siniestros causados. En ese Sentido, se trata de un dato personal que se refleja en el histórico de cada conductor.
C
Carta Verde:
Documento internacional del seguro que se entrega con la suscripción del contrato de auto o su renovación que sirve de atestación de seguro y que permite viajar en España y en el extranjero por los países autorizados en él. El conductor del vehículo asegurado tiene que poder presentar este documento firmado por el suscriptor del contrato.
Cobertura a primer riesgo:
Modalidad de cobertura que consiste en asegurar un riesgo hasta una cantidad determinada y a partir de la cual el asegurador renuncia a aplicar la regla proporcional.
Consorcio de Compensación de Seguros:
Es un organismo público, que depende del Estado y que da respuesta y salvaguarda los intereses de los perjudicados cuando se producen siniestros que no están cubiertos por el seguro privado.
Este sería el caso, por ejemplo, de un accidente con un vehículo contrario que no tenga contratado un seguro y además, en el que el conductor fuera insolvente. En este caso, el usuario perjudicado lo sería doblemente, primero por el propio accidente y, además, porque no recibiría ningún tipo de indemnización.
Junto a estos casos, se cubren otros producidos por determinados fenómenos de la naturaleza (terremotos, maremotos, inundaciones extraordinarias...) y por acontecimientos derivados de hechos de incidencia política y social, como violencia por terrorismo o motines.
La sede central del Consorcio está en Madrid y cuenta con oficinas regionales en toda España
 
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